Cantabria

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)

Cantabria, como comunidad histórica, para ejercer su derecho al autogobierno reconocido constitucionalmente, se constituye en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y su Estatuto, que es su norma institucional básica de conformidad con el art. 1 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 Diciembre, Estatuto de Autonomía de Cantabria .

Contenido
  • 1 Gobierno de Cantabria
  • 2 Administración de Cantabria
  • 3 Otras instituciones de Cantabria
  • 4 Recursos adicionales
  • 5 Legislación básica
  • 6 Legislación citada
Gobierno de Cantabria

El art. 24.1 Estatuto de Autonomía de Cantabria establece:

La Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencia exclusiva en las materias que a continuación se señalan, que serán ejercidas en los términos dispuestos en la Constitución:


1. Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.

La Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y Administración de Cantabria tiene por objeto la ordenación de la organización, funcionamiento y régimen jurídico del Gobierno, y regula la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria (elección, nombramiento, toma de posesión, derechos, incompatibilidades, atribuciones, sustitución, cese y gabinete de la Presidencia), el Gobierno (naturaleza, composición, atribuciones, funcionamiento, cese y órganos de colaboración y apoyo), el Vicepresidente, los Consejeros (nombramiento, derechos, incompatibilidades, atribuciones, sustitución y cese, así como las relaciones del Gobierno con el Parlamento (responsabilidad política, control parlamentario y legislación delegada).

Administración de Cantabria

El art. 24.32 Estatuto de Autonomía de Cantabria establece como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria la siguiente:

Procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia.

La Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y Administración de Cantabria tiene por objeto, en cuanto a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, las materias relativas a sus reglas y normas organizativas y la regulación de su actividad, tratando las siguientes cuestiones:

  • Principios de organización ( art. 42 )
  • Competencia administrativa ( arts. 43 a 48 )
  • Personalidad jurídica, potestades y privilegios de la Administración de Cantabria ( arts. 49 a 50 )
  • Órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria ( arts. 51 a 56 )
  • Secretarios Generales, Directores...

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