Extensión de efectos de sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)


Atención: este documento cita el art. 37 de Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) que ha sido modificado por la Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. . Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido

A continuación se desarrolla la posibilidad de aplicación de los efectos de una sentencia firme a los recursos idénticos que estuvieran pendientes de resolución en el mismo órgano jurisdiccional.

Contenido
  • 1 Supuesto de la sentencia – modelo
  • 2 Condiciones y consecuencias de la extensión de efectos de sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos
    • 2.1 Efectos de las sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos
    • 2.2 Consecuencias de las sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos
  • 3 Extensión de efectos de las sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
  • 6 En doctrina
  • 7 En dosieres legislativos
  • 8 Legislación básica
  • 9 Legislación citada
  • 10 Jurisprudencia citada
Supuesto de la sentencia – modelo

Los arts. 37.2 y 3 y 111 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) contienen una serie de previsiones encaminadas, en aquellos casos en los que en un mismo órgano judicial hubiera una pluralidad de recursos con idéntico objeto, a permitir la tramitación preferente de un de ellos, suspendiendo el curso de los demás, y una vez resuelto el primero, posibilitar que se traslade la solución alcanzada a los demás recursos.

Se combinan así, medidas en materia de acumulación de procesos con la posibilidad de, en ejecución de sentencia, extender los efectos más allá de las partes que han intervenido en ese proceso.

Se trata de una medida que, por economía procesal, trata de resolver el mayor número de procesos en el menor tiempo y con el menor coste para la Administración de Justicia mediante un sistema de simplificación procesal.

A este sistema se le ha denominado en la práctica procesal contencioso – administrativa como “sentencia – modelo” o “sentencia – testigo”.

Condiciones y consecuencias de la extensión de efectos de sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos

El sistema resultante de las previsiones establecidas en la regulación de la acumulación de recursos y procesos y de ejecución de sentencias firmes persigue una clara finalidad, de búsqueda de la eficiencia, pero genera dudas tanto en los efectos y consecuencias de esta decisión.

Efectos de las sentencias tramitadas con carácter preferente a recursos idénticos

La primera cuestión que se plantea parte de la ubicación de la previsión efectuada en el...

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