Región de Murcia

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado)


La Región de Murcia, como expresión de su entidad regional histórica, dentro de la indisoluble unidad de España, se constituye en Comunidad Autónoma, para acceder a su autogobierno, de acuerdo con la Constitución Española y la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de Junio, de Estatuto de Autonomia para la Región de Murcia , que es su norma institucional básica de acuerdo con su art. 1 .

Contenido
  • 1 Gobierno de la Región de Murcia
  • 2 Administración de la Región de Murcia
  • 3 Otras instituciones de la Región de Murcia
  • 4 Recursos adicionales
  • 5 Legislación básica
  • 6 Legislación citada
Gobierno de la Región de Murcia

El art. 10.1.1 Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Murcia la competencia exclusiva para la organización, régimen jurídico y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.

La Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia regula las instituciones básicas del ejecutivo murciano y desarrolla la figura del Presidente de la Comunidad Autónoma (atribuciones y su delegación, elección, limitación a dos mandatos, nombramiento, requisitos para ser elegido, incompatibilidades, derechos, suplencia, suspensión temporal de funciones y cese), Consejo de Gobierno (naturaleza, composición, atribuciones, funcionamiento, comisiones delegadas y órganos de apoyo), Consejo de Gobierno en funciones, Vicepresidente, Consejeros (requisitos, derechos, incompatibilidades, nombramiento, ceses, suplencia, atribuciones y Gabinetes de apoyo), relaciones del Presidente y del Consejo de Gobierno con la Asamblea Regional (comparecencias y responsabilidad), iniciativa legislativa, legislación delegada y potestad reglamentaria.

Administración de la Región de Murcia

El art. 10.1.29 Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Murcia la competencia exclusiva en materia de procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia.

La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Región de Murcia configura la norma institucional reguladora de la Administración de la Región de Murcia y su régimen jurídico con respecto a la normativa básica estatal, con el siguiente tratamiento:

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