Derechos del interesado
Autor | Alberto Palomar (Magistrado de lo contencioso-administrativo) y Javier Fuertes (Magistrado) |
Los derechos del interesado son el conjunto de facultades que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas atribuye a favor de los interesados en un procedimiento administrativo y que estos pueden exigir a la Administración en cuanto que titulares de esa posición jurídica en la tramitación de un procedimiento .
Contenido
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El art. 13 LPA 39/2015 recoge, con la rúbrica “ derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas” una lista abierta de derechos que en algunas ocasiones no son tanto de los ciudadanos – administrados (general) como específicamente de aquéllos que puedan ocupar, y efectivamente ocupen, la posición de interesado en un concreto procedimiento administrativo.
De hecho el art. 13 LPA 39/2015 termina señalando que estos derechos se entienden sin perjuicio de los reconocidos en el art. 53 de la propia LPA 39/2015 referidos a los interesados en el procedimiento administrativo .
A lo largo de la LPA 39/2015 se pueden encontrar un gran número de referencias al interesado que, en cuanto a los derechos que se le confieren, pueden ser sintetizados en los que se exponen a continuación.
Derechos del interesado en el procedimiento administrativo Actos administrativosEn cuanto a la forma en la que tienen que producirse los actos administrativos y su eficacia, los interesados tienen derecho a:
- La eficacia retroactiva cuando haya efectos favorables ( art. 39 LPA 39/2015 )
- La notificación de actos y resoluciones que le afecten y su contenido ( art. 40 LPA 39/2015 )
- La constancia de la notificación y a que se practique en el lugar designado ( arts. 41 a 43 LPA 39/2015 )
- La forma de notificar los actos que pudieran lesionar derechos o intereses legítimos ( art. 46 LPA 39/2015 )
- Que se realicen en la forma establecida sin que les pueda causar indefensión ( art. 48 LPA 39/2015 )
En cuanto a los términos y plazos de tiempo a los que se encuentra sometida la actividad de las Administraciones Públicas , ello supone el derecho de los interesados a:
- Que se respeten los términos y plazos establecidos ( art. 29 LPA 39/2015 )
- Obtener una resolución en plazo ( art. 23 LPA/2015 )
- La ampliación y notificación de los plazos establecidos ( art. 32 LPA/2015 )
- La reducción de los plazos ( art. 33 LPA/2015 )
- Ser notificado del acuerdo que resuelva sobre la ampliación (o no) del plazo de resolución ( art. 21.5 LPA/2015 )
- Que se computen los días inhábiles de su residencia ( art. 30.6 LPA/2015 )
En cuanto al inicio del procedimiento administrativo los interesados tienen derecho a:
- Solicitar la iniciación del procedimiento administrativo ( art. 39 LPA 39/2015 )
- Que se ofrezca la posibilidad de subsanar la solicitud de iniciación ( art. 68 LPA 39/2015 )
- Presentar declaraciones responsables y comunicaciones previas ( art. 69 LPA 39/2015 )
- Actuar por sí o por medio de representante ( art. 5 LPA 39/2015 )
Una vez iniciado el procedimiento administrativo en su ordenación e instrucción los interesados tienen derecho a:
- La tramitación del procedimiento ( art. 20 LPA 39/2015 )
- Elegir la lengua del procedimiento ( art. 15 LPA 39/2015 )
- Que no se adopten medidas provisionales lesivas ( art. 56 LPA 39/2015 )
- Solicitar, siempre que existan razones para ello, la tramitación urgente ( art. 33 LPA 39/2015 )
- Alegar defectos de tramitación ( art. 76 LPA 39/2015 )
- Proponer actuaciones ( art. 75 LPA 39/2015 )
- El trámite de audiencia ( art. 82 LPA 39/2015 )
- Intervenir en la forma que les resulte más cómoda ( art. 75.3 LPA 39/2015 )
- Actuar asistido de asesor ( art. 53 g) LPA 39/2015 )
- La solicitud y práctica de pruebas ( arts. 77-78 LPA 39/2015 )
- La contradicción e igualdad con otros interesados ( art. 75.4 LPA 39/2015 )
- Que en caso de comparecencia, ésta sea certificada ( art. 19 LPA 39/2015 )
- Que le sea notificada la avocación antes de que se dicte la resolución final ( art. 10.2 LRJSP 40/2015 )
- Solicitar la declinación de competencia ( art. 14.2 LRJSP 40/2015 )
- La resolución expresa del procedimiento ( art. 21.3 b) LPA 39/2015
- Transmitir, cualquiera que sea el estado del procedimiento, la condición de interesado, siempre que esta derive de alguna relación jurídica transmisible ( art. 4.3 LPA 39/2015 )
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